Honduras: Graves irregularidades obstaculizan verdad y justicia en caso Berta Cáceres
Honduras:
Graves irregularidades obstaculizan
verdad
y justicia en caso Berta Cáceres
Tegucigalpa,
25 de octubre de 2018.-
La Misión de Observación Calificada que observa el juicio por el
asesinato de la defensora de derechos humanos Berta Cáceres,
conformada desde el 31 de agosto de este año, manifiesta su enérgica
preocupación por la
reciente
exclusión del proceso penal de los abogados privados de las
víctimas. Esta acción que se suma a una serie de decisiones en el
proceso, se configura como un obstáculo más al acceso de las
víctimas a la justicia y pone en peligro los principios de un juicio
justo e imparcial.
Las
víctimas en el proceso, conformadas por el hijo de Berta Cáceres,
las hijas y la madre de Berta Cáceres, y por Gustavo Castro, víctima
de tentativa de asesinato, presentaron un recurso de recusación
contra los jueces basado en una denuncia por abuso de autoridad,
encubrimiento, denegación y retardo de justicia y violaciones de los
deberes de los funcionarios. En razón de que entre otras acciones,
el Tribunal rechazó al COPINH como víctima, limitó la publicidad
del proceso, rechazó prueba clave y por irregularidades en las
normas procesales del proceso.
Los
abogados de las víctimas habían señalado al Tribunal que no
asistían al inicio del juicio el día viernes 19 de octubre por
pender recurso vigente sobre la recusación, un amparo, lo que
alegaban hacía ilegal la continuación del juicio. Los magistrados
sin embargo declararon que los abogados habían abandonado el proceso
y sin dar más opción, o conseguir el consentimiento de las
víctimas, delegaron la representación de las mismas al Ministerio
Público.
Esta
decisión además es inquietante porque las víctimas han presentado
al menos dos denuncias penales contra el Ministerio Público, lo más
reciente unas horas antes de que fueron declarados en abandono el 19
de octubre, por los delitos de abuso de autoridad, violación de los
deberes de los funcionarios y desobediencia, violación de derechos
de las víctimas de un delito. Previamente, denunciaron la falta de
investigación de forma diligente en el caso y por obstaculizar el
proceso, violentando el acceso de las víctimas a la información.
La
Misión de Observación Calificada, conformada por organizaciones
internacionales, nacionales, expertos en derechos humanos, derecho
internacional y derecho penal, manifiesta su inquietud por la
decisión de exclusión tomada por la sala I del Tribunal de
sentencia y expresa su preocupación respecto de que la motivación
de esta decisión sea acallar a las víctimas en su legítima
exigencia de justicia. El resultado de facto de no permitir a la
víctimas una adecuada representación independiente, compromete los
derechos de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos
al debido proceso, la verdad y la justicia efectiva bajo los
estándares internacionales, desarrollados bajo los artículos 8 y 25
de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La
recusación y denuncia interpuesta por las víctimas contra los
jueces por abuso
de autoridad, encubrimiento, denegación y retardo de justicia y
violación de los deberes de los funcionarios públicos,
requiere del aparato de justicia una respuesta fundamentada,
razonable, pronta y acorde, conforme la exigencia reiterada por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Luna López vs
Honduras sobre que “los
jueces como rectores del proceso tienen el deber de dirigir y
encauzar el procedimiento judicial con el fin de no sacrificar la
justicia y el debido proceso legal en pro del formalismo y la
impunidad”,
pues de lo contrario “se
conduce a la violación de la obligación internacional del Estado de
prevenir y proteger los derechos humanos y menoscaba el derecho de la
víctima y de sus familiares a saber la verdad de lo sucedido, a que
se identifique y se sancione a todos los responsables y a obtener las
consecuentes reparaciones”(
párr. 156.).
La
Misión espera que las irregularidades hasta la fechas presentadas en
el proceso y denunciadas por las partes, sean legalmente resueltas.
Exhortamos al Estado también a que se respeten los estándares
básicos del debido proceso, de manera que se logren juzgar y
sancionar a los autores materiales e intelectuales y garantizar a las
víctimas y a la sociedad hondureña verdad, justicia y reparación.
Firman:
- Abogados Sin Fronteras Canadá – Canadá
- Canadian Centre for International Justice – Canadá
- Centro de Asistencia Legal a Pueblos Indígenas (CALPI) – Nicaragua
- Centro de Accion Legal para los Derechos Humanos (CALDH) - Guatemala
- Centro de Investigacion y Promocion de los Derechos Humanos (CIPRODEH) – Honduras
- Centro por la Justicia y el Derecho Internaiconal (CEJIL) – Regional
- Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) – Colombia
- Comisión Internacional de Juristas – Internacional
- Due Process of Law Foundation - Estados Unidos
- Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC) – Honduras
- Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), en el marco del Observatorio para la Protección de Defensores de Derechos Humanos – Internacional
- Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), en el marco del Observatorio para la Protección de Defensores de Derechos Humanos – Internacional
- Guatemala Human Rights Commission (GHRC-USA) – Estados Unidos
- Impunity Watch – Holanda
- Joseph P. Berra del Promise Institute for Human Rights de UCLA – Estados Unidos
- National Lawyers Guild, International Committee – Estados Unidos
- Observatoire International des Avocats – España/Francia/Italia/París
- Plataforma Internacional Contra la Impunidad – Ginebra
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