Juicio de Berta Cáceres: decisión sobre la extensión del período de detención preventiva


9 de noviembre de 2018

Después de varios días en los que la asistencia a las audiencias fue poca, el viernes 2 de noviembre, la Sala 1 del Tribunal de Sentencias con Competencia Territorial Nacional se llenó nuevamente. Muchos observadores esperaban saber más sobre el vencimiento del período de detención preventiva para cinco de los ocho acusados, siendo el 2 de noviembre la fecha inicial prevista. Sin embargo, la audiencia comenzó sin hacer ninguna mención sobre tal detención preventiva.

El juicio continuó con la presentación de los medios de pruebas del Ministerio Publico. Primero, una agente de investigación ratificó un acta de recepción de información con el fin de confirmar que ella recibió personalmente información de una fuente humana protegida que permitió identificar al acusado Oscar Torres Velásquez, así como a su residencia.

Posteriormente, el investigador Jesús Perdomo Chávez, uno de los principales investigadores que compareció en una audiencia previa, se presentó para ratificar otros documentos de investigación. Un elemento particularmente interesante que surgió de estas ratificaciones fue la manifestacion espontánea que el investigador recibió del acusado Henrry Javier Hernández poco después de llegar a Honduras, después haber sido arrestado en México. Henrry Javier Hernández afirmó llorando haber estado presente en la escena del crimen, pero que lo habian llevado de fuerza y bajo amenazas. Manifestó que el autor material del asesinato de Berta Cáceres es Elvin Rapalo Orellana, otro acusado, y que el acusado alias "Coca", abrió fuego contra Gustavo Castro. Un tercer acusado, Edilson Duarte Meza, habría conducido el vehículo. También dijo que en el camino de regreso, se detuvieron en un hotel en la ciudad de Santa Rita, Departamento de Yoro, para dormir. Henry Javier Hernández relato los hechos de la misma manera durante su audiencia de declaracion de imputado.

El investigador explicó varios procedimientos de investigación que permitieron entre otras cosas corroborar información, incluido descubrir la identidad de alias “Coca”: Oscar Torres Velásquez. También explicó que fueron al hotel mencionado por Henrry Javier Hernández y que encontraron su nombre en el registro, así como una factura con su número de identidad y la fecha correspondiente a la de crimen.

El investigador también habló de información recibida de una fuente humana protegida. Un familiar de la fuente fue contactado por el acusado Elvin Rapalo Orellana, quien les habría ofrecido un trabajo. Posteriormente fueron convocados a una reunión en la que se habrían enterado de que el trabajo consistía en asesinar a Berta Cáceres. Elvin Rapalo Orellana, Edilson Duarte Meza y Oscar Torres Velásquez habrían estado todos presentes en dicha reunión. Las dos personas rechazaron el trabajo, después de esto, el familiar de la fuente protegida fue encontrado muerto. La fuente protegida ha huido del país y por esta razón no puede venir a declarar.

Finalmente, el tribunal decidió incorporar mediante lectura los testimonios hechos en la audiencia inicial por los tres testigos del ministerio público que no fueron localizados. Además, el tribunal aceptó la admisión de un documento como prueba, sin su ratificación por el agente que lo elaboró, en vista que dejó su puesto. Dos de las tres declaraciones testimoniales fueron aceptadas por exhibición. Sin embargo, el testimonio del testigo protegido Triple A fue leído en voz alta por la secretaria. Se trata del relato de una persona cercana de Berta Cáceres que fue contactada por Gustavo Castro después del crimen y que acudió a ayudarle. El testigo proporcionó también información sobre las manifestaciones organizadas por los miembros del COPINH y las amenazas que recibían.

Decisión sobre la extensión de la prisión preventiva.

Al principio de la audiencia, el lunes 5 de noviembre, la defensa solicitó al tribunal que se pronunciara sobre el plazo legal expirado de la detención preventiva de varios de los acusados. Según la ley, los acusados ​​en Honduras pueden ser detenidos durante dos años de forma preventiva y el Ministerio Publico puede después solicitar una extensión máxima de seis meses. El 2 de noviembre de 2018, cinco de los acusados ​​habían cumplido dos años y seis meses de detención preventiva.

La semana anterior, el Ministerio Publico había solicitado al tribunal que computa los retrasos causados ​​por la defensa. La ley hondureña estipula que no se contara en el período de detención preventiva el tiempo que hayan durado las demoras producidas por gestiones de la defensa, que hayan sido declaradas sin lugar.

Por lo tanto, el tribunal anunció el lunes que se había emitido una resolución por escrito sobre este tema e invitó a los representantes de los acusados a tomar conocimiento de ello. Después de leer la decisión, los representantes de los acusados ​​tomaron la palabra para explicar su posición respecto a ésta. Los abogados de los acusados, que originalmente debían ser liberados el 2 de noviembre, solicitaron que se revisara la medida de detención preventiva para que sus clientes continúen el proceso en libertad.

Además, casi todos los representantes de los acusados ​​expresaron su desacuerdo con la decisión del tribunal de que la defensa habría causado varias demoras en el proceso judicial. Parecería que a casi todos los acusados ​​se concedió una extensión de su detención preventiva al juicio, que va de 7 días a 101 días [1].

Los abogados defensores han argumentado que los retrasos computados no están apegados a la ley. Según ellos, han sido contabilizada reprogramaciones de audiencias que habían sido solicitada por las acusaciones privadas , como resultado de los problemas de entrega de pruebas con el ministerio público y que estas mismas solicitudes habían sido aceptadas por el tribunal. Otras solicitudes de reprogramación mencionadas en la resolución habrían sido solicitadas por la defensa, pero aceptadas por el tribunal. Por lo tanto, según los representantes de los acusados, estos no serían gestiones de la defensa que hayan sido declaradas sin lugar, de acuerdo a lo dispuesto por la ley.


El Ministerio Publico estima que la decisión está apegada a derecho y que, aunque las acusaciones privadas hicieron algunas solicitudes de reprogramación, la defensa estuvo de acuerdo con ellas. Además, el Ministerio Público ha solicitado al tribunal que desestime las peticiones de revisión de medidas preventivas.

Después de escuchar a las partes, el tribunal decidió mantener su cálculo en relación con las demoras y los períodos adicionales de detención preventiva. Además, afirmó que no es necesario que un recurso de la defensa haya sido declarado sin lugar para que sea computado como una demora. Finalmente, el Tribunal rechazó las solicitudes de revisión de la detención como medida preventiva, ya que no habrían expirado los plazos de detención preventiva según la última resolución del tribunal.

Los representantes de los acusados presentaron recursos de reposición en contra de esta decisión, insistiendo en que la ley establece claramente que las demoras deben ser causadas por gestiones declaradas sin lugar. Algunos abogados incluso expresaron su preocupación por la interpretación del tribunal. Sin embargo, el Tribunal confirmó su decisión original y afirmó que todo era muy bien explicado en su resolución escrita. Desafortunadamente, no fue posible que los observadores tuvieran acceso a la resolución escrita del tribunal, lo que dificulta una evaluación adecuada de esta decisión.

Los abogados defensores podrían si desean apelar esta decisión ante la Corte de Apelación.

Presentación de un experto en patrimonio.

Al principio de la audiencia, el 6 de noviembre, el tribunal anunció que había recibido escritos de testigos del Ministerio Publico que no habían sido localizados, Sotero Chavarría Fúnez García y Lilian Esperanza López Benítez, en la cual explican su ausencia y especifican que están disponibles para testificar. Sin embargo, sus testimonios de la audiencia inicial fueron aceptados como evidencia el viernes 2 de noviembre. Luego de consultar con las partes, el tribunal decidió convocar a los dos testigos para que llegaran a declarar el martes 13 de noviembre.

El día del 6 de noviembre se dedicó completamente a la presentación de una pericia patrimonial. El propósito era analizar el origen de los ingresos y los cambios en la situación financiera de los acusados, así como verificar la existencia de un vínculo financiero entre ellos. La pericia cubrió los años 2013 a 2016, pero para cuatro de los ocho acusados, el análisis no produjo resultados porque no están inscritos en registros financieros del estado o no tienen una cuenta bancaria.

La perito identificó para algunos de los acusados ​​importantes ingresos injustificados y para algunos diferencias entre sus salarios y sus ingresos. Por ejemplo, en el caso de Sergio Rodríguez Orellana, hubo varias discrepancias entre constancias de salario de la empresa DESA y los depósitos que recibió de la misma. Además, sus declaraciones de impuestos eran más bajas que sus ingresos.

David Castillo, ex director de DESA, quien actualmente está acusado como autor intelectual del asesinato de Berta Cáceres en otro proceso judicial, también realizó depósitos en las cuentas de Sergio Rodríguez Orellana y Douglas Geovanny Bustillo. Cabe mencionar que estos dos acusados ​​también trabajaron para DESA.

La defensa logró levantar varias fallas posibles en la pericia. Los representantes de los demandados afirmaron que la perito no tuvo acceso a todos los documentos de respaldo, lo que explica por qué varias sumas de dinero no están justificadas. La perito hubiera hecho varias solicitudes de información a empresas e instituciones financieras que permanecieron sin respuesta. Estas solicitudes se realizan a través del tribunal, que es responsable de garantizar que se responda a estas solicitudes.

Es importante señalar que fue muy difícil para el público seguir el juicio en este día, por un lado, porque era un tema muy complejo y por el otro porque los observadores no tuvieron acceso al informe pericial.

Abogados Sin Fronteras

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